Medidas fiscales Real Decreto-Ley 15/2020

medidas económicas covid-19

El Real Decreto-Ley 15/2020,de 21 abril, recoge una serie de medidas económicas, fiscales y sociales.

Se pretende paliar las consecuencias provocados por la crisis generada por el COVID-19.

Las 4 principales medidas fiscales que vamos a centrarnos en desglosar de entre todas las medidas aprobadas en el Real Decreto-Ley 15/2020 y que pueden afectar a muchos contribuyentes. 

1-     Tipo de IVA 0%  a todas las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del Covid-19. Cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas, centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.

2-     Opción a cambiar la forma de cálculo para el primer pago fraccionado del Impuesto de Sociedades ( Modelo 202). Las empresas podrán optar para solicitar que el cálculo en vez de ser el porcentaje sobre la cuota, sea el porcentaje sobre la base.  

    • En el caso de los contribuyentes con una facturación inferior a los 600.000 € ( y no tributen por el régimen de consolidación de ese impuesto ni por el REGE en IVA) podrán optar por el sistema de porcentaje sobre la base de los meses transcurridos este primer trimestre y realizar el pago hasta el 20 de mayo por este sistema.
    • Los contribuyentes con un volumen de operaciones que no supere los 6.000.000 €, que no hayan podido optar al cambio de modalidad y que no tributen por el régimen especial de grupos en este impuesto, podrán optar a realizar el cambio de cálculo sobre el porcentaje de la base en el segundo pago, que se realizará hasta el 20 de octubre. En ese pago, será deducible el pago fraccionado realizado ya este primer trimestre.

3-      Los contribuyentes que vayan por el sistema de módulos se les permite la renuncia del régimen de estimación objetiva, y optar para el cálculo de estimación directa para realizar el pago fraccionado de este primer trimestre. Tendrá efectos solo para 2020.

4-     Se estable el No inicio del período ejecutivo para determinadas deudas tributarias en el caso de concesión de financiación a la que se refiere el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020,de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.

 

Para más información puede consultar el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril en el siguiente enlace:https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/22/pdfs/BOE-A-2020-4554.pdf

 

 

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